Aprobada baja del 50% en tarifas de Internet
Armando Mayorga
amayorga@nacion.com
La Nación, www.nacion.com
San José. El regulador general, Fernando Herrero, aprobó la rebaja solicitada por el Instituto Costarricense de Electricidad (ICE) en el servicio de Internet Avanzada ADSL, la cual se enviará mañana a La Gaceta y podría regir a más tardar en una semana.
El servicio de Internet Acelera beneficiará a los 18.330 usuarios por una disminución de más del 50% en las tarifas, informó la Autoridad Reguladora de Servicios Públicos (Aresep), por medio de un comunicado.
Los clientes de 128/64 que pagan $25, pasarán ahora a tener una velocidad de 256/128; es decir el doble de velocidad, y pagarán $19; esta es una rebaja de más del 50%.
Para el caso de los clientes que actualmente disponen de una velocidad de 256/128, que pagan $41, pueden optar por mantenerse en este rango de velocidad y pagar $19 ó duplicar la velocidad de su servicio a 512/256 y pagar $25.
En este momento el ICE dispone de aproximadamente 70.000 puertos para brindar servicios de Internet Avanzada y suplir la demanda creciente de usuarios.
SERVICIOS RED INTERNET AVANZADA ACCESO ASIMÉTRICO ADSL
TARIFAS MENSUALES Y CUOTA DE INSTALACIÓN
SERVICIO ASIMÉTRICO |
| Paquete |
Tipo de servicio |
Ancho de banda de la conexión (kbps) |
Tarfias actuales en $ con CPE aportado por el cliente |
Tarifa plana aprobada mensual con CPE aportado por el ICE en U.S.$ (1) |
Tarifa plana aprobada mensual con CPE aportado por el cliente en U.S.$ (1) (2) |
| Acelera Hogar |
Servicio especial |
128/64 (3) |
25,00 |
16,00 |
15,00 |
| Básico |
256/128 |
41,00 |
19,00 |
18,00 |
| Medio |
512/256 |
64,00 |
25,00 |
24,00 |
| Premium |
1024/512 |
87,00 |
38,00 |
37,00 |
| Premium plus |
2048/768 (4) |
181,00 |
62,00 |
61,00 |
| Acelera PYMES |
Básico |
1536/768 (4) |
84,00 |
72,00 |
71,00 |
| Medio |
2048/768 (4) |
107,00 |
91,00 |
90,00 |
| Premium |
4096/768 (4) |
199,00 |
169,00 |
168,00 |
| Cuota de instalación en colones para todos los rangos de velocidad: ¢20 712,00 |
| Depósito de garantía: corresponde a una mensualidad del tipo de servicio que el cliente solicite. |
|
- Las tarifas de los servicios de la red Internet Avanzada vía ADSL constituyen precios máximos lo que implica que pueden ser reducidos por el ICE en cualquier momento, de acuerdo con las variaciones y condiciones del mercado, o bien para promociones temporales. La aplicación de precios máximos y su respectiva reducción se encuentra sujeta a que el ICE mantenga los mismos niveles de calidad y sobresuscripción establecidos en el presente Pliego Tarifario y la misma estructura de paquetes y costos del servicio. En ningún caso el ICE reducirá las tarifas, a niveles que no le permitan cubrir los costos de la prestación del servicio.
- Es obligación del ICE el suministro del servicio con el respectivo terminal CPE. Esta tarifa aplica únicamente para aquellos clientes que dispongan del equipo CPE o soliciten expresamente al ICE que no les suministre el equipo terminal.
- El servicio especial se brindará por parte del ICE únicamente a aquellos clientes en los que no sea técnicamente posible brindar un servicio de mayor ancho de banda.
- Para estos servicios se programará la máxima velocidad ascendente que técnicamente sea factible programar. La mínima velocidad ascendente a programar será de 512 kbps.
Indicadores de calidad de servicio Acelera Internet Avanzada vía ADSL
ACELERA HOGAR |
Indicador de calidad |
Tramo nacional |
Tramo internacional |
| Latencia (1) |
Inferior a 100 ms |
Inferior a 200 ms |
| Pérdida de paquetes (1) |
Inferior al 10% |
Inferior al 5% |
| Porcentaje máximo de ocupación de enlaces (2) |
Igual o inferior al 80% |
Igual o inferior al 80% |
| Velocidad de transferencia (3) |
Igual o superior al 80% de la velocidad de línea |
Igual o superior al 80% de la velocidad de línea |
ACELERA PYMES |
Indicador de calidad |
Tramo nacional |
Tramo internacional |
| Latencia (1) |
Inferior a 75 ms |
Inferior a 150 ms |
| Pérdida de paquetes (1) |
Inferior al 5% |
Inferior al 3% |
| Disponibilidad del servicio |
Mayor a 99.5% |
Mayor a 99.5% |
| Porcentaje máximo de ocupación de enlaces (2) |
Igual o inferior al 80% |
Igual o inferior al 80% |
| Velocidad de transferencia (3) |
Igual o superior al 85% de la velocidad de línea |
Igual o superior al 85% velocidad de línea |
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- Los indicadores de latencia y pérdida de paquetes experimentados por los clientes o usuarios al acceder a Internet corresponden a la sumatoria de los parámetros indicados para el tramo nacional más el tramo internacional.
- Corresponde a la ocupación efectiva de los enlaces para la hora de máximo tráfico de la red. El ICE deberá presentar mensualmente a esta Autoridad Reguladora los reportes de ocupación real de los enlaces.
- La evaluación de la velocidad de transferencia se realizará en condiciones de máxima utilización del enlace comprendiendo el envío y recepción de información en forma simultánea. Las condiciones de medición de este indicador serán establecidas la Autoridad Reguladora.
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